Sanciones millonarias a la reventa de entradas, publicidad encubierta en redes y reseñas falsas en venta online

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El gigante Google no se escapa del nuevo régimen sancionador, aprobado ayer martes en Moncloa, durante el segundo Consejo de Ministros del nuevo gobierno de Sánchez. La Ley del Ministerio de Consumo controlará que los buscadores online identifiquen como publicidad pagada las puntuaciones o valoraciones a bienes o servicios de acuerdo con la empresa o marca.

El Ministerio de Garzón tendrá competencia sancionadora en fraudes masivos que afecten a varios países y actualizará el régimen de sanciones en materia digital. Por tanto, la reventa de entradas mediante bots tiene los días contados por impedir a los consumidores a acceder al mercado obligando a comprar en la reventa dirigida por los propios canales de los bots.

Consumo no se olvida de los influencers, puesto que el nuevo régimen sancionador recoge la prohibición de publicidad encubierta en redes sociales, sin regular hasta el momento; y la publicación de reseñas y valoraciones falsas o pagadas por la compañía fabricante en los productos a la venta por internet.

Sanciones máximas de hasta un millón de euros

La nueva ley contempla la imposición de sanciones máximas de un millón de euros o en su caso, ocho veces el beneficio ilícito obtenido si la infracción tiene lugar en territorio español y hasta el 4% del volumen de facturación de las empresas cuando el delito se produzca en varios estados miembros de la Unión Europea.

La nueva disposición de Consumo contempla también el decomiso de mercancías, cierre de establecimientos y publicidad de las sanciones impuestas.

El Estado también podrá multar el incumplimiento de normas para evitar contaminación con peligro para la salud pública o conductas nocivas que adulteren la calidad de bienes, productos o servicios.

Por primera vez, se pone cerco a la regulación de la calidad dual de los productos: se considerará desleal comerciar un bien como idéntico si los productos son diferentes.