Instituto Coordenadas: hay una alarma innecesaria en torno a las restricciones en piscinas comunitarias

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piscinas de urbanizaciones fase dos de covid 19 (1)
piscinas de urbanizaciones fase dos de covid 19 (1)

La piscina es un valor añadido en numerosas urbanizaciones, y ha sido también el lugar más anhelado para muchas familias, mayores y pequeños durante el largo confinamiento. Como ya recordóel Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (Cgcafe), la orden publicada por el Ministerio de Sanidad para la aplicación de la Fase 2 del plan para la desescalada no resuelve diversas cuestiones relativas a los requisitos para la apertura de las piscinas, requisitos que “la mayoría de las comunidades de propietarios no podrá cumplir”.

Y es que el uso de piscinas comunitarias en urbanizaciones y recintos de viviendas, con su apertura en todos los territorios en Fase 2, implica la aplicación de una serie de restricciones, entre ellas la reducción del aforo al 30%, para reducir el riesgo de contagio. Desde el Instituto Coordenadas de Gobernanza y Economía Aplicada seconsidera que esas medidas generan una "alarma innecesaria".

El uso de piscinas comunitarias en urbanizaciones y recintos de viviendas en la actual desescalada del proceso de alarma, con su apertura en todos los territorios en Fase 2, está generando una considerable polémica ante las normas sanitarias dictadas para su correcto disfrute por los usuarios. Esencialmente, son las restricciones al aforo permitido las que están generando más debate, hasta el punto de que se está poniendo en duda que esas instalaciones comunitarias se puedan abrir ante la imposibilidad de cumplir con las normas de seguridad. 

Las piscinas han sido pagadas por los propietarios durante todo el año

En una nota de prensa difundida por Europa Press, Instituto Coordenadas recuerda también que el Consejo General de Colegio de Administradores de Fincas ha mantenido que las medidas dictaminadas por el Ministerio de Sanidad en cuanto a la apertura de las piscinas son muy difíciles de cumplir en una instalación comunitaria, siendo el principal problema el control del aforo.

Instituto Coordenadas ve una "lógica preocupación", pero pide "no alarmar infundadamente a la población" y ha llamado a cumplir con la legislación vigente en cuanto a medidas de higienización y distancia social.

Según la reflexión de sus expertos, el control del aforo, además de que ser una medida que "probablemente" cambiará con la actualización de las fases, "no debe ser un argumento para no abrir las piscinas comunitarias dado que existen alternativas para su eficaz cumplimiento, además de la responsabilidad individual y comunitaria".

Considera que hay soluciones como la fijación de turnos o el acotamiento de espacios que ayudarán a cumplir con las restricciones del aforo, sin suponer un gasto excesivo, y subraya que las piscinas comunitarias son instalaciones que los vecinos pagan y mantienen durante todo el año y "tienen el derecho de poder utilizarlas siempre que se cumplan las medidas de seguridad dictaminadas por las autoridades y no pongan en riesgo ni la salud individual ni la colectiva".

En este sentido, el vicepresidente ejecutivo del Instituto Coordenadas, Jesús Sánchez Lambás, ha asegurado que "debe imperar el sentido de la responsabilidad individual y social", por lo que ha llamado a aplicar las normas "sin necesidad de recurrir a extremos ridículos" y "sólo con un mínimo de sensatez". "Los vecinos de cualquier comunidad, sin duda alguna, serán capaces de organizar el correcto y seguro uso de sus piscinas por encima de esta polémica artificial", ha previsto.

Según la OMS, el agua de las piscinas, correctamente desinfectada, es segura frenta al Covid-19

El Instituto Coordenadas también ha recordado que investigadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) han elaborado un informe que señala que "tanto en piscinas como en spas, donde el uso de agentes desinfectantes está ampliamente implantado con el fin de evitar la contaminación microbiana de las aguas, la concentración residual del agente de desinfección presente en el agua debería ser suficiente para la inactivación del virus".

En ese sentido, han incidido en que el agua de las piscinas será un entorno seguro "siempre que se aplique el tratamiento de desinfección adecuado", que además es el mismo que se ha recomendado siempre, reflejado en los reglamentos que establecen los criterios técnico-sanitarios de piscinas en cada comunidad autónoma y que generalmente supone unos niveles de pH de agua entre 7,2 y 8,0 y de cloro libre residual e entre 0,5 y 2ppm. Así lo constata también la OMS y los documentos e investigaciones presentados hasta el momento que coinciden en que las piscinas son seguras frente al Covid-19 con el tratamiento adecuado del agua y las zonas aledañas a la piscina.

El Instituto Coordenadas estima que se está creandouna alarma innecesaria y que existen procedimientos adecuados para cumplir con todas las exigencias de seguridad en el uso de estos servicios comunitarios que, en un país del Sur de Europa con las peculiaridades del clima, se convierte, en algunas regiones, en una necesidad.

Tras analizado tanto la normativa vigente como las diversas informaciones publicadas por las autoridades y entidades expertas, el Instituto Coordenadas considera que la preocupación manifestada por los administradores de fincas se contrarresta con diferentes argumentos, de ahí que sea importante no alarmar infundadamente a la población. Todo el sector comparte una lógica preocupación, pero hay acciones sencillas y asumibles que garantizan el cumplimiento de las normas.

El Instituto de Coordenadas recuerda que tanto los administradores de fincas como los vecinos de la comunidad pueden sentirse seguros al hacer uso de las piscinas, siempre que cumpla con la legislación vigente en cuanto a medidas de higienización y distancia social. Cierto es que actualmente existe una limitación en cuanto al aforo, algo que muy probablemente cambiará a medida que se vayan proporcionando actualizaciones por parte de la Administración en cuanto a las siguientes fases.

Las piscinas comunitarias son instalaciones que los vecinos pagan y mantienen durante todo el año y tienen el derecho de poder utilizarlas siempre que se cumplan las medidas de seguridad dictaminadas por las autoridades y no pongan en riesgo ni la salud individual ni la colectiva. El compromiso y el sentido común de todos los implicados serán esenciales para que las normas establecidas se cumplan con éxito y todos puedan disfrutar de sus instalaciones de ocio que en algunos casos será el único posible en las actuales circunstancias.