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Opinión

El tratamiento de la información clasificada: el caso Donald Trump

Experto en migraciones y analista internacional.

El recién celebrado juicio en Miami el pasado día 13 de junio al ex presidente norteamericano Donald Trump, acusado de revelación de secretos y obstrucción a la justicia, ha vuelto a traer la atención mediática sobre el problema de la Información Clasificada. Y es que hace pocos meses, el 17 de abril del presente año, publicamos en Escudo Digital un análisis sobre la filtración de información clasificada de la guerra de Ucrania y de las relaciones de Washington con otros países por parte del soldado norteamericano Jack Texeira a través de una plataforma de internet (discord) y que puso en graves aprietos al gobierno y la diplomacia norteamericana, además de seguramente obligar a cambiar algunos de los planes militares establecidos para la contraofensiva ucraniana que actualmente se está llevando a cabo, y de la cual se dieron algunas informaciones detalladas.

El ex presidente Trump, justo después de su juicio en Miami, voló a New Jersey donde aprovechó un evento, que en principio era para recaudar fondos, y que convirtió en un verdadero acto electoral con vistas a las próximas elecciones norteamericanas del próximo año 2024 y donde, además de tildar su imputación como “un abuso de poder e interferencia electoral”, espetó las palabras que más temen los profesionales que trabajan, manejan y distribuyen información clasificada; “Tengo todo el derecho a tener esos documentos”, refiriéndose a los cientos de folios con información secreta encontrados en su casa.

La polémica viene dada porque el presidente norteamericano asegura que desclasificó los documentos incautados antes de llevárselos a su casa de Florida (Trump, como presidente en funciones, tendría potestad para hacerlo durante su mandato) y que el presidente Biden los reclasificó posteriormente para perjudicarle. La cuestión es que tanto los miembros de su equipo, como un escritor que acompañaba a Trump en esos momentos, no tenían la autorización de seguridad (o Security Clearance en inglés) pertinente para manejar ni conocer ese tipo de información, entre la que se sospecha se encontraba, un plan militar norteamericano para atacar a un país extranjero (¿Irán?)

Podemos decir para comenzar que la Información Clasificada es la manera que tienen los gobiernos de discernir entre información de acceso general o público, y aquella otra que tienen que proteger, por cuestiones de seguridad nacional. A esta información solo tendrían acceso las personas con una Autorización de Seguridad específica, atendiendo a la necesidad de saber y conocer del puesto que ostenta esa persona. Conocer información clasificada de distinto nivel supone una responsabilidad, y todas las personas deben ser instruidas e informadas sobre ello antes de facilitarles una autorización de seguridad.

El tema de la Información Clasificada puede llegar a ser complicado y vamos a intentar esclarecer aquí parte de lo concerniente al acceso, clasificación, distribución, reproducción, destrucción y registro de la información clasificada en España y compararla con Estados Unidos y otras organizaciones supranacionales tipo OTAN.

Después de haberla definido a grandes rasgos, nos surge la pregunta de qué tiene que tratar esta información para clasificarla de una u otra manera (confidencial, Secreto, etc.). Podemos analizar algunos ejemplos si observamos de que se acusa al ex presidente Donald Trump, y es que acorde al periódico Washington Post, Trump estaría acusado de tener en sus casa de Mar-a-Lago en Florida más de 31 documentos clasificados, la mayoría de los cuales estarían clasificados como “Top Secret”, que es el máximo nivel de clasificación de seguridad en Estados Unidos y entre los que se encontrarían documentos sobre capacidades de Defensa y sistemas de armas tanto de Estados Unidos como de países extranjeros; el programa nuclear de EE.UU.; posibles vulnerabilidades de los Estados Unidos y sus principales aliados ante un ataque militar; y los posibles planes de respuesta ante un posible ataque militar extranjero.

Niveles de la Información Clasificada en Estados Unidos

En general, y sobre todo en países del entorno OTAN, las diferentes clasificaciones de seguridad se especifican acorde a su “sensibilidad” con respecto a su filtración, es decir, que consecuencias implicaría la exposición de dicha información para un Estado y sus fuerzas y cuerpo de seguridad, además de para sus servicios de inteligencia y relaciones diplomáticas con países extranjeros. Lo analizamos de mayor categoría a menor:

  • TOP SECRET La filtración o exposición de información clasificada como Top Secret sería la más grave de todas y causaría un excepcional y grave daño al país, y pondría en riesgo la seguridad nacional de los Estados Unidos, además de las relaciones con otros países, la salvaguarda de los militares norteamericanos y pondría en grave peligro la recolección de inteligencia, tanto en cuanto a sus métodos como a su personal. Dentro de esta categoría podríamos encontrar el Top Secret SCI o Sensitive Compartmented Information, que quedaría reservada para cierta información proveniente de los servicios de inteligencia nacionales.

Dentro de las categorías de Top Secret y Secret también podríamos “filtrar” quien tiene acceso a determinada información de estas dos categorías con la clasificación SAP (o Special Access Program) que no permitiría a todo el mundo que tenga autorización a información Top Secret o Secret a acceder a determinada información, al pertenecer ésta a un programa en concreto, cerrando así el circulo de personas con acceso a dicha inteligencia.

  • SECRET. En el caso de desvelar una información clasificada como Secret se produciría un “serio” daño para el país y su seguridad nacional. En Estados Unidos la información clasificada como Secret puede ir acompañada de “LimDis” o Distribución Limitada, intentando como vimos en el caso de la clasificación SAP, limitar el número de personas que pueden acceder a esta información, aunque tuvieran la autorización de seguridad para el nivel Secret.
  • CONFIDENTIAL. En este caso, si se desvelase información de este tipo, el daño sería menor que las dos anteriores, pero seguiría causando un daño importante a los intereses nacionales, siendo perjudicial para el país.
  • RESTRICTED. En el caso de la publicación de información clasificada Restricted se producirían “efectos indeseados” para los intereses del propio Estado. El daño al Estado es mucho más limitado.
  • OFFICIAL o también conocido como FOUO (For Official Use Only) y puede contener información sobre asuntos del gobierno o servicios privados. La sensibilidad de la información Official podría variar por lo que la exposición de este tipo de información al público podría tener variadas consecuencias.
  • UNCLASSIFIED. Para Estados Unidos esta clasificación se asigna a documentos que merecen estar clasificados, por lo que Unclassified no sería ni siquiera un nivel de clasificación. Pero debe aparecer aquí para compararla por ejemplo con los niveles de clasificación de la OTAN, donde si tiene una connotación diferente.

Otras Clasificaciones Internas de Estados Unidos

Además de marcar la información con el nivel Top Secret, Secret o Confidential, el documento puede ser marcado con otros dominios de seguridad según sus características, forma de recepción, o limitación en cuanto a su diseminación. Algunos ejemplos

  • NOFORN, o No Foreign Dissemination. Son documentos que no se pueden mostrar bajo ningún concepto a países extranjeros.
  • ORCON, o Originator Controlled Dissemination. Información intradepartamental que no puede ser mostrada a otros departamentos sin consentimiento expreso.
  • SI, Información Especial
  • FVEY. Referente a la Alianza anglosajona Five Eyes, que básicamente es un acuerdo de colaboración en materia de inteligencia firmado por Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Australia y Nueva Zelanda. Por lo cual, la información clasificada marcada como FVEY solo podría estar disponible para las personas autorizadas de dichos países.
  • FISA, o Foreign Intelligence Surveillance Act. Son las leyes que establecen los procedimientos para recolectar información sobre países extranjeros.

El periódico Washington Post nos enumera con detalle los 31 documentos clasificados cono Top Secret, Secret y Desconocido por los que se acusa a Donald Trump de revelación de secretos, al tenerlos en su casa particular sin notificarlo propiamente y sin las medidas de protección necesarias para asegurar el secreto y que personas sin autorización tengan acceso a dichos documentos. Pero como comentamos más arriba, la diferencia la marcará si estos documentos habían sido desclasificados previamente por el ex presidente.

 Veamos algunas de ellas:

 

A partir de esta clasificación norteamericana, podríamos decir que la de otros países y diferentes organizaciones internacionales no pertenecientes al sector privado, serían muy parecidas, aunque cambiando la nomenclatura. Es importante remarcar que en Europa y la OTAN se trabaja con el sistema anglosajón, que como en otros aspectos militares y de seguridad, llevan algunos años de ventaja al resto de naciones, por lo que los niveles de seguridad, en sus características generales, son similares.

Veamos dos ejemplos de organizaciones supranacionales y también el caso de España.

OTAN

Los niveles, de mayor importancia a menor, serian:

  • Cosmic Top Secret (CTS).
  • NATO Secret (NS).
  • NATO Confidential (NC).
  • NATO Restricted (NR).

Como comentamos más arriba, en la OTAN existe también la clasificación NATO Unclassified, que a diferencia de su homólogo norteamericana, en la Alianza Atlántica este tipo de información es propiedad intelectual de la OTAN, y aunque su difusión no supone un daño para la organización, no se puede hacer público sin permiso explícito.

Como podemos ver en el cuadro inferior, en OTAN existe un subnivel, ATOMAL, que podría ser adherido al nivel Cosmic Top Secret, NATO Secret y Confidential cuando el asunto versa sobre guerra y amenaza nuclear, quedando los niveles de la siguiente manera:

  • Cosmic Top Secret Atomal CTS-A.
  • NATO Secret Atomal NS-A.
  • NATO Confidential Atomal NC-A.
Tabla de niveles de información Clasificada de la OTAN. Fuente OTAN

El caso de España

En España tenemos muy claros los protocolos para el tratamiento de información clasificada. Vemos las características más importantes.

Grados de la Información Clasificada

  • SECRETO (S)
  • RESERVADO (R)
  • CONFIDENCIAL (C)
  • DIFUSIÓN LIMITADA (DL).

Acceso a la Información Clasificada

Se podrá acceder a materias clasificadas, de grado “CONFIDENCIAL”, “RESERVADO”, o “SECRETO”, cuando se cumplan los siguientes requisitos:

1. Tener necesidad de conocer por razón de la función que se desempeñe.

2. Tener vigente la Habilitación Personal de Seguridad expedida por la Autoridad competente de igual o superior grado que el asignado a la materia clasificada.

3. Haber recibido la instrucción de seguridad preceptiva.

4. Estar informado, reconocido expresamente, de las responsabilidades y compromisos que implica dicho acceso.

5. Tener Autorización de Acceso expresa a la materia clasificada de que se trate. Para obtener dicha autorización, habrá de emplearse el formulario del anexo VIII.

Capacidad para Clasificar Información

En el ámbito Nacional, la facultad para clasificar de SECRETO y RESERVADO corresponde al Consejo de Ministros y a la Junta de Jefes de Estado Mayor, no pudiendo ser transferida ni delegada. La Ley de Secretos Oficiales no contempla grados de clasificación inferiores, por lo que éstos se definen y rigen por normativa de desarrollo de dicha Ley. Tendrán facultad para clasificar de CONFIDENCIAL o DIFUSIÓN LIMITADA en el ámbito del MINISDEF, las siguientes autoridades, pudiendo delegar oficialmente dicha atribución: El Ministro, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, el Secretario de Estado de Defensa, el Subsecretario de Defensa, el Secretario General de Política de Defensa, el Jefe del Estado Mayor del Ejército, el Jefe del Estado Mayor de la Armada y el Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire. En definitiva, el acceso, distribución, control y utilización de información Clasificada se está volviendo un verdadero problema para los gobiernos de muchos países, porque cuando no son filtraciones intencionadas con diferentes objetivos (espionaje, conocimiento público, narcicismo…) son los propios gobernantes con derecho de acceso a estos documentos los que los usan para su propio interés partidista e incluso personal (Trump, Biden...) Las redes sociales han multiplicado el peligro de diseminación no autorizada de información clasificada, y todavía queda por analizar el impacto que tendrá la Inteligencia Artificial en este campo.

Si los atentados terroristas del 11-S en Nueva York fue un punto de inflexión para hacer de la información clasificada un asunto más accesible para todas las personas involucradas en seguridad y defensa, las últimas y numerosas filtraciones podrían volver a convertir a este tipo de información en el asunto de solo unos pocos, regresando así la peligrosa situación de una excesiva compartimentación entre agencias, cuerpos de seguridad e incluso Estados, que conllevaría sin remedio a la falta de coordinación e información en la búsqueda de la seguridad.