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Seguridad vial

Los conductores de patinetes tendrán que tener un "carnét" y a veces se adelantará en coche a 20 Km por hora

Redactora especializada en Seguridad y Tecnología.

6 minutos

se endurecen las medidas patinetes electricos (1)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de reforma de la Ley de Tráfico que endurece las sanciones al volante y que también regula los vehículos de movilidad personal como los patinetes. El objetivo de las nuevas medidas, perfiladas por la DGT desde hace casi dos años, es reducir hasta en un 50% el número de fallecidos y de heridos graves en accidentes de tráfico durante la próxima década. A continuación repasamos las más importantes:

Regula la circulación de los patinetes

El proyecto aprobado por el Consejo de Ministros salda el vacío legal que existía respecto a los vehículos de movilidad personal (VMP), los populares patinetes eléctricos. Los define como "vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h".

Esta definición excluye a los vehículos que emplean las personas con movilidad reducida e incluye las siguientes normas:

  • Se prohíbe su circulación por las aceras, zonas peatonales, túneles urbanos, vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado.
  • Sus conductores tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos. Esto implica que podrán ser sometidos a controles de alcoholemia o que no podrán utilizar auriculares mientras conducen.
  • Los conductores de patinetes también deberán disponer del correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el manual de características, que se aprobará mediante resolución del Director General de Tráfico.

Estas normas entrarán en vigor el 2 de enero de 2021, pero el correspondiente certificado de circulación no se exigirá hasta dos años después de que la DGT disponga del correspondiente manual.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha señalado que "las víctimas en el ámbito urbano se incrementaron un 7% dado que se unió al colectivo de vulnerables. Hoy los coches han perdido protagonismo con motos, bicis, peatones y VMP. Los VMP serán ya vehículos de movilidad y están sujetos al código de circulación y deberán tener permiso". Además, el ministro también ha advertido que "los patinetes se han comercializado sin las debidas y necesarias garantías". Ha habido casos de personas fallecidas atropelladas por patinetes eléctricos, como el de dos ancianas que murieron en Cataluña.

El número de accidentes de patinetes eléctricos ha endurecido el control sobre ellos, se les harán pruebas de alcoholemia

Duplica la sanción del uso del móvil y también eleva la de no usar cinturón

Las distracciones son la primera causa de accidentes mortales, con un porcentaje del 28%, y por esta razón el anteproyecto duplica los puntos que se perderán por "conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil", pasando de 3 a 6. Es decir, no solo se sanciona ir hablando o chateando sino también ir mirando la pantalla. Lo que no varía es la sanción económica, que se mantiene en 200 euros.

"En el caso del uso del móvil, diferenciamos que no estamos en el 2006. Si el móvil se usa con una mano la detracción de puntos pasa de 3 a 6 puntos", declaró el ministro Grande-Marlaska. "Cuando se puso en marcha el carné por puntos no existía whatssap. El uso manual del móvil será el sancionado, no así si está conectado al vehículo a través del manos libres", agregó.

Del mismo modo, eleva de 3 a 4 los que se detraen por no usar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, incorpora explícitamente como causa de sanción el mal uso de estos elementos (por ejemplo, llevar el casco de protección o el cinturón de seguridad sin abrochar).

Se reduce la velocidad e incluye nuevas sanciones a los sistemas de detección de radares

La propuesta legal que ha acordado hoy el Gobierno también reducirá la velocidad de circulación en las vías urbanas en función de su distinta clasificación: en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h; en las vías de un único carril por sentido de circulación, 30 km/h; y en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite seguirá siendo de 50 km/h.

Según ha explicado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, estos cambios en las velocidades en ciudad "no se aplicarán hasta pasados seis meses de la publicación en el BOE para que los ciudadanos los conozcan y los ayuntamientos tengan tiempo para adaptar la señalización".

También se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 kilómetros por hora (km/h) los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Con la supresión de esta medida, el Gobierno pretende "reforzar el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva un riesgo de colisión frontal".

Además, se tipifica como infracción grave llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 500 euros y la pérdida de 3 puntos.

Carnet por puntos

El Consejo de Ministros también ha aprobado la modificación de la Ley de Tráfico en cuanto al carné por puntos. En este sentido, el ministro del Interior, ha subrayado que los tiempos han cambiado mucho desde el 2006, año en el que se introdujo el carnet por puntos en España. "Por eso es necesario actualizarlo para mejorar su eficiencia", afirmó Grande-Marlaska, que también destacó que en estos 14 años más de 269.000 conductores han perdido el carné al quedarse sin ningún punto por cometer infracciones.

La reforma incluye la posibilidad de recuperar 2 puntos por la realización de los cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico. "Una orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben cumplir", ha detallado la DGT.   Además, unifica en dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora varía en función de la gravedad de la infracción cometida.

Camiones y autocares: se podrán conducir desde los 18 años

El anteproyecto aprobado por el Gobierno también incluye una modificación del Reglamento General de Vehículos y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Se trata de la norma que adelanta de 21 a 18 años la edad mínima para poder conducir camiones y autocares, algo que Grande-Marlaska ha afirmado que permitirá la entrada de lo más jóvenes en estas profesionales, deficitarias de mano de obra.

Además de tener 18 años, para conducir un camión será necesario aprobar el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas. En el caso de los autocares, serán sin pasajeros y en un radio máximo de 50 kilómetros y, solo a partir de los 21 años y con el CAP completado, es cuando podrán llevar pasajeros.

Por otra parte, se amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión.

En relación con las pruebas de capacitación para obtener el permiso de conducción, en este anteproyecto de reforma de la Ley de Tráfico se especifican los equipos de protección obligatorios que tienen que llevar los aspirantes en las pruebas de destreza y de circulación para la obtención de los permisos de moto. Asimismo, se establece la posibilidad de que, en determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada, se puedan autorizar el acceso a los permisos de conducción de camiones y autobuses de personas con problemas asociados al sistema locomotor.

Otras novedades del anteproyecto de reforma de la Ley de Tráfico

Las decisiones del Consejo de Ministros sobre Tráfico y conductores también contemplan los siguientes cambios:

  • Nueva infracción muy grave en los exámenes de conducir: Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados supondrá una sanción de 500 euros y una penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen.
  • Acceso 'online' al registro de Conductores a las empresas de transporte de personas y de mercancías: Para que estas puedan conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo les proporcionará esa información, no las sanciones que les hayan impuesto.

El Gobierno ha indicado que el anteproyecto, que ya ha superado el trámite de consulta e información pública, ha sido también informado por el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible; la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa; la Agencia Española de Protección de Datos, y el actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Tras su aprobación en primera vuelta por el Consejo de Ministros, el anteproyecto de reforma de la Ley de Tráfico deberá ahora ser informado por los Ministerios de Hacienda, Asuntos Económicos y Transformación Digital, Trabajo y Economía Social y Política Territorial y Función Pública.