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Seguridad y consumo

Cómo borrar tu huella digital: Las claves del derecho al olvido

Redactora especializada en Seguridad y Tecnología.

7 minutos

Normativa ciberseguridad.

Eliminar datos personales de internet y minimizar nuestra huella digital es posible gracias al derecho de supresión, más conocido como derecho al olvido. Pero, ¿en qué consiste realmente este derecho y cómo podemos ejercerlo? Te contamos todas las claves de este derecho de los ciudadanos a ser olvidados en la red, que está contemplado tanto a nivel europeo como a nivel nacional.

La normativa relacionada con el derecho al olvido

El derecho al olvido fue reconocido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en mayo de 2014, en la sentencia que dictó a favor del español  Mario Costeja González -respaldado por la Agencia de Protección de Datos española (AEPD)– en su largo litigio contra Google.

El proceso lo inició Costeja en 2009 al ver que el famoso buscador recogía una información suya que había sido difundida por un conocido medio de comunicación y cuya relevancia para el interés público era nula. Google no accedió a su petición, por lo que este hombre pidió la intervención de la AEPD, que recurrió a la Audiencia Nacional y esta, a su vez, envió el caso al tribunal europeo. Google terminó perdiendo el caso y la resolución supuso una revolución a la hora de garantizar la intimidad y privacidad de los ciudadanos.

Posteriormente, en 2016, entró en vigor el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, que ampara a los ciudadanos en cuanto a la tutela y libre circulación de sus datos personales. Esta regulación recoge el "derecho de supresión" o "derecho de olvido" en su artículo 17 y también forzó la actualización del marco jurídico al respecto en países como España, que en 2018 puso en marcha la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

En qué consiste el derecho al olvido

El derecho al olvido es el derecho que tiene el titular de un dato personal a suprimir información personal que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo o que de alguna manera afecta al libre desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales.

Según la AEPD, el "derecho al olvido hace referencia al derecho que tiene un ciudadano a impedir la difusión de información personal a través de internet cuando su publicación no cumple los requisitos de adecuación y pertinencia previstos en la normativa. En concreto, incluye el derecho a limitar la difusión universal e indiscriminada de datos personales en los buscadores generales cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima (en el caso de boletines oficiales o informaciones amparadas por las libertades de expresión o de información)".

Cuándo se puede ejercer el derecho al olvido y qué limitaciones tiene

El derecho al olvido lo puede ejercer cualquier persona física (no empresa o autónomo en el ejercicio de su profesión) cuyos datos no se estén tratando correctamente de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección. No obstante, se puede solicitar bajo las siguientes condiciones:

  • Los datos personales que se quieren suprimir no son usados para los fines que motivaron su obtención.
  • Se ha revocado el consentimiento para el tratamiento de los datos personales regulado en el RGPD.
  • Si el interesado se opone al tratamiento de sus datos personales.
  • Se producen incumplimientos en las directrices que los regulan.

Además, el derecho al olvido en internet también tiene ciertas limitaciones que suponen que los datos personales no se suprimirán cuando estos se requieran para:

  • Garantizar la libertad de expresión e información.
  • Cumplir con obligaciones legales.
  • Interponer, ejercitar o defender reclamaciones.
  • Lograr objetivos de tratamientos legítimos, tales como el archivo en interés púbico, la investigación científica o histórica, o fines estadísticos.
  • Cuando sean útiles por razones de interés público.

Ante quién puede ejercerse

Los ciudadanos pueden ejercer el derecho al olvido en internet ante:

  • El responsable del tratamiento de los datos personales que quiera eliminar de la red. Esta persona pasará a ser la encargada de notificar a quién corresponda la supresión no solo de estos datos sino también cualquier de tipo de enlace que exista y de todas las copias que haya.
  • Buscadores de internet, como Google, Yahoo o Bing.
  • La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que velará por el correcto amparo de la legislación en materia de protección de datos.

La mayoría de las solicitudes de ejercicio del derecho al olvido las recibe Google, al ser el buscador más utilizado del mundo. Según datos de mayo del año pasado, desde la sentencia del 2014 había recibido 802.259 peticiones de ciudadanos europeos para la retirada de datos que afectaban a 3.146.435 páginas web. España se situaba en la quinta posición del ranking de países europeos con más reclamaciones y Google había suprimido el 44,5% del total de peticiones globales (1.199.955 páginas web).

Cómo puedo ejercer el derecho al olvido en internet

Tal y como explica la AEPD, la normativa de protección de datos establece que para ejercer el derecho al olvido es imprescindible que el ciudadano se dirija en primer lugar a la entidad que está tratando sus datos.

En el caso de los buscadores, los principales motores han puesto a disposición de los usuarios sus propios formularios (Google, Yahoo o Bing) para poder realizar sus peticiones. En las redes sociales también se puede ejercer el derecho al olvido y conseguir que eliminen toda la información personal que almacenan sobre nosotros. Una opción para ello es eliminar de forma definitiva nuestra propia cuenta de usuario y, además, muchas redes sociales permiten descargar toda la información de nuestro perfil. Así, aunque cancelemos nuestra cuenta, podremos tener acceso a todos los datos que no queramos perder. Estos son los enlaces para eliminar las cuentas de Facebook, de Instagram, de Twitter y de TikTok.

Además, el derecho al olvido también se puede ejercer para reclamar la eliminación de información publicada sobre nosotros en otros perfiles, ya sea por falta de veracidad o porque afectan a nuestra imagen. En este caso, podemos pedir a los administradores de las redes sociales que eliminen esta información, mediante los mecanismos que facilitan para ello, o recurrir a los denominados derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), regulados por la LOPDGDD.

 "Si la entidad no responde a la petición realizada o el ciudadano considera que la respuesta que recibe no es la adecuada, puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. En función de las circunstancias de cada caso concreto, la Agencia determinará si la estima o no. Esta decisión de la Agencia, a su vez, es recurrible ante los Tribunales", señala la AEPD.

Cómo debe actuar el receptor de una solicitud de este derecho

El receptor de las solicitudes de los derechos ARCO debe responder al interesado en el plazo de un mes. Si la petición resultase compleja, el plazo puede ampliarse en otros dos meses siempre y cuando se informe al interesado de dicha ampliación y los motivos de la misma en el mes siguiente a la presentación de la solicitud.

Además, el responsable de la información tiene la obligación de responder para:

  • Comunicar la eliminación de los datos.
  • Contestar al interesado que tal eliminación no puede ser posible junto con las razones pertinentes.
  • Informar de la posibilidad de presentar una reclamación ante la AEPD o de ejercer acciones correspondientes ante los tribunales.

Si no se cumplen con los derechos de los interesados, el RGPD establece que se estaría incurriendo en una infracción de carácter grave, lo cual podría acarrear multas de hasta 20 millones de euros o el 4% del negocio total anual global del ejercicio anterior, en el caso de empresas.

Además, el RGDP estipula que la AEPD puede ordenar al responsable que atienda las solicitudes de ejercicio de los derechos del interesado.

¿Se puede eliminar información publicada en el BOE?

En los boletines oficiales se publican datos que identifican a personas físicas con multas, infracciones penales, nombramientos u otra información que puede dañar la imagen de la persona que aparece en la publicación.

Según señala la empresa de protección de datos española Grupo Ático34, la información en los boletines oficiales no puede eliminarse ya que estos diarios cumplen con la función de comunicar información de interés o relevancia pública. Pero para estos supuestos, la AEPD propone una solución: la de desindexar los datos que permiten identificar al interesado en los buscadores de Internet, para que ya no aparezca asociado el boletín oficial al nombre de la persona afectada que ejercita el derecho.

Asimismo, Grupo Ático34 señala que "si la información en el BOE es anterior a 2009, el mismo Boletín Oficial del Estado indica que la información no es oficial y autentica y por tanto se puede borrar (no solamente desindexar)".

Además, la firma nacional explica que la AEPD determinará si se puede ejercer el derecho al olvido drente a publicaciones oficiales teniendo en cuenta:

  • La finalidad de la publicación.
  • Si es un personaje público.
  • La relevancia pública del hecho o noticia.

¿Cómo puedo ejercer el derecho al olvido de una persona fallecida?

Según dictamina la LODGDD, las personas vinculadas al fallecido, por razones familiares o de hecho así como sus herederos, podrán ejercer los derechos ARCO de los datos personales de la persona fallecida para su rectificación o supresión.

En el caso de las redes sociales o de servicios equivalentes, la LODGDD también determina que las personas legitimadas podrán decidir acerca del mantenimiento o eliminación de los perfiles de personas fallecidas, a menos que el fallecido hubiera decidido acerca de esta circunstancia, en cuyo caso se estará a sus instrucciones. En este sentido cabe señalar que redes sociales como Facebook permiten designar un contacto para que pueda administrar la cuenta en caso de fallecimiento y que la cuenta pase a ser conmemorativa.

El derecho al olvido frente al derecho a la información y la libertad de expresión

El derecho al olvido o a la protección de datos personales puede chocar con el derecho a la información o con la libertad de expresión. Ante esta circunstancia, cada caso debe de analizarse por separado y también ha de analizarse el impacto que causa en cada uno de los derechos.

Eso sí, el Grupo Ático34 señala que el derecho al olvido predomina frente al derecho a la información o a la libertad de expresión "si la publicación de datos personales no resulta necesaria para que la información mantenga su relevancia pública y el carácter noticiable".