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Seguridad y consumo

El Gobierno aprueba una moratoria para las hipotecas de los afectados por la crisis del coronavirus

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hipotecas.

El Real Decreto Ley de medidas extraordinarias dentro del ámbito laboral por la crisis del coronavirus que aprobará este martes el Consejo de Ministros incluye una moratoria del pago de hipotecas sobre la vivienda habitual para trabajadores y autónomos que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y para los afectados de la Covid-19. La medida está pensada, según explican fuentes gubernamentales, para trabajadores que pierdan su empleo por la crisis desatada por el coronavirus y autónomos que sufran caída drástica de sus ingresos por la crisis.

Este decreto, según informa El País en su edición de hoy, incluirá también una flexibilización de los expedientes de regulación de empleo temporales (ERTEs) y permitirá el cobro de la prestación por desempleo sin cumplir el requisito de carencia a los afectados por los mismos. Además, permitirá a los trabajadores la adaptación de su jornada laboral, o reducirla incluso hasta el 100%, cuando su presencia sea necesaria para atender a otra que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, requiera de un cuidado personal y directo.

La medida más destacada es la imposición a la banca de unamoratoria en el pago de hipotecas para aquellos que queden en situación devulnerabilidad al perder su trabajo o sus ingresos por la crisis delcoronavirus. Se trata de la medida estrella para proteger a aquellos que quedenen situación de vulnerabilidad por la emergencia sanitaria, pero no es laúnica. El decreto que se aprobará hoy incluye también la prohibición de cortarsuministros básicos (agua, luz y gas) a colectivos vulnerables. El Consejo deMinsitros ha debatido también si ampliar la moratoria a los alquileres, pero demomento no hay acuerdo en ese punto, informan fuentes oficiales.

Según el borrador del Real Decreto-ley que está discutiendoel Consejo de Ministros, también se permitirá a los trabajadores que puedanadaptar su jornada y/o reducir la misma si se han visto afectados por el cierrede centros educativos o de otros que dispensaran cuidados a la personanecesitada de los mismos (centros de día, por ejemplo). Asimismo, el trabajadorse podrá acoger a este derecho de adaptar la jornada o reducirla ante laausencia del cuidador habitual de la persona a su cargo por causas relacionadascon el coronavirus, con su prevención o con evitar el contagio. Este derecho seráindividual de cada uno de los progenitores.