• Home /

  • /

  • Entre 600.000 y 700.000 usuarios se han visto afectados ante la aplicación de la normativa de alarmas

Vigilancia

Entre 600.000 y 700.000 usuarios se han visto afectados ante la aplicación de la normativa de alarmas

El pasado 1 de enero de 2024 entraron plenamente en vigor las órdenes ministeriales que actualizaron la regulación en materia de Seguridad Privada en 2011.

1 minuto

Vigilante de seguridad.

El pasado 1 de enero de 2024 entraron plenamente en vigor las órdenes ministeriales que actualizaron la regulación en materia de Seguridad Privada en 2011, en las que se determinan los criterios que han de tener los sistemas de seguridad y, más concretamente, aquellos que se conectan a una Central Receptora de Alarmas (CRA).

En este contexto, fuentes del sector de la seguridad advierten de la situación de desprotección en la que pueden quedar los clientes de algunas compañías, especialmente, aquellas de menor tamaño, ante la aplicación de esta nueva normativa. En concreto, calculan que entre 600.000 y 700.000 clientes podrían haberse visto o se verán afectados, ya que aquellas empresas que no se hayan adaptado a la misma tendrán que dar de baja los servicios de sus CRA’s o se enfrentarán a sanciones.

Otras fuentes de la industria explican, en esta misma línea, que la entrada en vigor de estas órdenes supondrá una mejora para el usuario, pero que también abre una nueva etapa para el sector e “impondrá una cierta reordenación del mismo”. “Hay más de 1.500 empresas operadoras y no todas están preparadas para afrontar los retos futuros. Definirá qué operadores están capacitados para certificar y cumplir el marco regulatorio y cuáles no”, indican.

Todos los sistemas de seguridad instalados desde 2011 han tenido que estar adaptados de acuerdo a esta normativa, pero aquellos que ya estaban en funcionamiento con anterioridad tenían de plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 (el plazo inicial finalizaba en 2021, pero tuvo que alargarse) para ajustarse a la nueva regulación.

Esta regulación contempla aspectos referidos a la autorización de las empresas, las características de las medidas de seguridad físicas y electrónicas y los sistemas de seguridad electrónica instalados en viviendas y negocios.

Así, únicamente las empresas de seguridad autorizadas podrán realizar las operaciones de instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos o sistemas de seguridad y alarma, cuando estos estén conectados a una central de alarmas.