Delitos de odio en la red: la Fiscalía propone penas menores y trabajos comunitarios

En su memoria de 2023, donde considera necesario modificar el "severo" régimen punitivo para adecuar mejor las condenas al "principio de proporcionalidad".

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Internet como ventilador de emociones como el odio, el miedo o la ira
Internet como ventilador de emociones como el odio, el miedo o la ira

La Fiscalía General del Estado (FGE) propone rebajar las penas para los delitos de odio cometidos a través de un medio de comunicación social, por medio de Internet o mediante el uso de tecnologías de la información. En este sentido, recomienda multas o trabajos para la comunidad.

Así lo refleja la Memoria correspondiente al 2023 presentada al inicio del año judicial por el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, y consultada por Europa Press.

En el informe, la Fiscalía pide una rebaja de la pena prevista para delitos de odio "para introducir una mejor acomodación al principio de proporcionalidad de las penas en aquellos supuestos de difusión pública de mensajes o contenidos que, si bien objetivamente de forma pública fomentan, promueven o incitan, directa o indirectamente, al odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia". A su juicio, "tienen menor entidad y no han de tener un reproche tan elevado".

En este sentido, considera necesario modificar el "severo" régimen punitivo previsto en el Código Penal destinado a sancionar conductas que se vinculan con los fenómenos de delitos de odio. Estas penas privativas de libertad recuerda que alcanzan los cuatro años de prisión y un mínimo de dos años y seis meses.

En esta misma línea, destaca que muchos de estos casos son cometidos por personas "comunes", es decir no pertenecientes a grupos u organizaciones criminales, y que insertan en las redes sociales comentarios "profundamente ofensivos o humillantes para ciertos colectivos susceptibles de protección penal frecuentemente forma impulsiva e irreflexiva".

Asimismo, expone que una buena parte de los autores de estos hechos, cuando se logra su identificación, estarían dispuestos a reconocer los hechos, incluso en el propio servicio de guardia. En todo caso, avisa de que no se puede alcanzar una conformidad porque la pena en abstracto supera el umbral de los tres años de prisión y ante "las elevadas penas previstas para estos casos puesto que comportan el inevitable ingreso en prisión".

Igualmente, la Fiscalía sugiere la posibilidad de que se contemplen de forma alternativa, bien penas de prisión de inferior duración a las ya previstas o, penas diferentes a la prisión como multas, pérdida de derechos políticos, o trabajos en beneficio de la comunidad relacionados con el delito cometido y que permitan su reinserción social mediante el conocimiento y la aceptación de sus víctimas. En este sentido destaca como ejemplo la obligación de visitar uno o más memoriales del Holocausto, o desempeñar actividades en entidades y colectivos que representan a las víctimas.

Además, el legislador ha previsto una obligatoria pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos o en ámbito docente, deportivo o de tiempo libre por tiempo de tres a diez años de duración por encima del tiempo de prisión.

Por otro lado, la Fiscalía destaca en el documento que en el año 2023 se han producido "inadmisibles expresiones o discursos de contenido racista, xenófobo y homófobo" dirigidas en especial contra jugadores de fútbol y que han dado lugar a la incoación de diligencias de investigación preprocesal o de procedimientos judiciales en diferentes fiscalías o juzgados de instrucción respectivamente.

"Grave humillación pública"

En este punto, subraya su "máximo compromiso institucional" para la "efectiva y enérgica persecución" ante "la relevancia de los valores y derechos constitucionales afectados como lo son la igualdad, la dignidad de la persona, el libre desarrollo de su personalidad, así como la prohibición absoluta de discriminación". Así, denuncia que los insultos racistas, xenófobos, homófobos y de cualquier otra naturaleza discriminatoria realizados ante miles de espectadores comportan una "grave humillación pública" para jugadores, árbitros y otros profesionales del mundo deportivo que lesiona su dignidad, pudiendo ser constitutivos bien de un delito contra la integridad moral o cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas.

La Fiscalía también denuncia que uno de los principales problemas detectados en el ámbito de los delitos de odio y discriminación es la necesidad de disponer de estadísticas que permitan conocer su dimensión cuantitativa y cualitativa. En este sentido, critica que los sistemas informáticos de los juzgados y de la fiscalía en el conjunto del territorio no tienen prevista la clasificación ni la cuantificación de las denuncias y procedimientos por delitos de odio y discriminación. En consecuencia, no permiten conocer de una forma sencilla y rápida ni los asuntos que se han incoado a lo largo del año 2023 en los juzgados, ni tampoco todos aquellos que están en trámite, en instrucción, etc.

"Las estadísticas son imprescindibles para tener un conocimiento real de los delitos que se cometen, lo que permite diseñar e implementar medidas para su eficaz lucha, pero sobre todo son importantes para poner cifras al sufrimiento humano", lamenta.