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Multa del Tribunal de Justicia Europeo de 110 millones a Toshiba, LG y Sony

Las empresas realizaron maniobras para mantener los precios más altos mediante una red de contactos bilaterales paralelos

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El Grupo Control, obligado por la justicia a pagar las nóminas durante los últimos meses de cada mes
El Grupo Control, obligado por la justicia a pagar las nóminas durante los últimos meses de cada mes

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado la multa de 116 de millones de euros que impuso la Comisión Europea a varias empresas, entre ellas Toshiba, LG y Sony, por formar un cartel en el sector de los lectores de disco óptico con los que se leen o graban datos en CD, DVD y Blu-rays La multa tendrán que pagarla sí o sí, y ello a pesar de que en su sentencia la corte europea anula parcialmente la decisión de Bruselas que dio lugar a esta sanción.

La sentencia considera que la Comisión incumplió su obligación de motivación al considerar que, además de participar en una infracción única y continua, las empresas de que se trata también participaron en varias infracciones distintas, informa Europa Press. 

 

El Tribunal con sede en Luxemburgo, no obstante, desestima todas las demás alegaciones formuladas por las partes. Con respecto a las multas impuestas, considera que ninguno de los elementos invocados por los participantes en el cártel ni de orden público justifica que haga uso de su competencia jurisdiccional plena para reducir el importe de las sanciones 

El caso se remonta a octubre de 2015, cuando Bruselas actuó al concluir que ocho empresas del sector se aliaron entre 2004 y 2008 para competir en la licitación para realizar lectores de disco óptico para ordenadores de Dell y Hewlett, pero la decisión que adoptó entonces la Comisión Europea fue recurrida ante la Justicia europea por varias de las empresas afectadas: "La Comisión consideró que los participantes en el cártel habían coordinado sus comportamientos contrarios a la competencia, al menos del 23 de junio de 2004 al 25 de noviembre de 2008. Se comunicaron sus intenciones respecto a las estrategias de candidatura para la obtención de los contratos, compartieron los resultados de las licitaciones e intercambiaron otra información sensible. Dicha institución precisó que tal coordinación se había realizado mediante una red de contactos bilaterales paralelos. Los participantes en el cártel pretendían ajustar sus volúmenes en el mercado y actuar de manera que los precios se mantuvieran en niveles más elevados de lo que habrían sido de no existir esos contactos bilaterales", recuerda el Tribunal Europeo. .

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