Javier Saldaña Sagredo

Opinión

Se necesita una política de Estado y consenso sobre el papel de las Fuerzas Armadas en las catástrofes

Coronel de Ejército de Tierra (R).

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Dos militares de las Fuerzas Armadas en Massanassa. Foto: Europa Press / Matías Chiofalo.
Dos militares de las Fuerzas Armadas en Massanassa. Foto: Europa Press / Matías Chiofalo.

Es evidente que los recientes y tristes acontecimientos producidos por la DANA en la Comunidad Valenciana han dejado claro la necesidad de que las Fuerzas Armadas (FAS) participen en las tareas de emergencias producidas por catástrofes naturales de una manera más eficaz.

Sea cual fuere su necesidad, además de la lógica de su empleo en beneficio de la colectividad, el empleo de las FAS en la preservación de la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas, conforme a lo establecido en la legislación vigente, lo recoge la Ley de Defensa Nacional que en su artículo 15.3 como una de sus misiones.

¿Qué dice de la ley del empleo de las FAS en situaciones de emergencia?

Una legislación vigente que sin duda está referida a los procedimientos que figuran en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil por la que se regula el empleo de las FAS en situaciones de emergencia. Unos procedimientos que, después de más de un mes de la catástrofe, aún no han sido capaces de revertir la situación de una zona donde la población sigue clamando por la presencia de los uniformados en auxilio de labores de reconstrucción y adecuación de las infraestructuras dañadas o destruidas. Una población en definitiva que sigue sintiéndose desasistida un mes después de la tragedia.

En efecto, aunque la complejidad y la ausencia de una casuística previa de tal magnitud ante una tragedia de las características de la DANA haya sido evidente, también lo ha sido la falta de resortes reglamentarios ágiles para que las FAS hayan podido acudir en auxilio de sus ciudadanos de una forma urgente y eficaz.

Su presencia en el área devastada no ha estado a la altura de los estándares de eficacia que los españoles esperaban de sus gobernantes cuando deciden su empleo. Una presencia que desde un primer momento generó una polémica partidista entre aquellos que no acaban de entender que la utilización de las Fuerzas Armadas es una cuestión de Estado que trasciende a los intereses políticos. Una presencia que lamentablemente ha generado una estúpida polémica que sin duda ha influido negativamente en el efecto que la labor abnegada y desinteresada de las FAS producen en la población civil.  

Polémica por la utilización tardía de las FAS

Una polémica alimentada por aquellos que no llegan a comprender la necesidad de su actuación en masa desde el minuto cero. Una polémica “cultivada” además por políticos que sobre terreno se arrogan presuntuosamente la posesión de las FAS justificando la dimensión de su empleo. Una polémica acrecentada de forma inaudita por dirigentes que arremeten contra ciudadanos que solo piden el auxilio de sus FAS en garajes anegados de agua. Una polémica también que reclama algún signo de arrepentimiento de una utilización tardía y alicorta de las FAS que hasta ahora no se ha producido. Una polémica, en definitiva, que nos debe hacer reflexionar sobre el hecho de que la utilización de las FAS no puede ser considerada como un elemento de propaganda de un Gobierno y que debe ser un asunto de Estado en definitiva de consenso político.

Esa es la cuestión de fondo. La actual política de defensa está focalizada en otros asuntos que poco o nada tienen que ver con un empleo efectivo y eficaz de las FAS en catástrofes naturales. A pesar de que la competencia en materia de defensa es exclusiva del Estado, para el caso que nos ocupa se ha dejado en manos de otras políticas públicas el empleo de su capacidad más importante como son sus FAS.

Su utilización para los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas se ha delegado en un Sistema Nacional, el de Protección Civil, que durante la DANA ha generado dudas e indecisiones sobre la puesta en acción y entrada en eficacia de los efectivos militares masivos requeridos de manera urgente.

Un Sistema Nacional que, como el de Defensa Nacional, la Seguridad Pública y la Acción Exterior del Estado forma parte del más amplio de Seguridad Nacional que, desde la aparición de su novedosa Ley 36/2015, de 28 de septiembre, intenta aglutinar y coordinar bajo el Departamento de Seguridad Nacional de Presidencia del Gobierno todo cuanto pueda suponer una amenaza para la seguridad del Estado. Y desde luego la DANA y sus consecuencias lo fueron.

Un Departamento que sin embargo nada “pudo” hacer en su reunión del mismo día 29O, cuando se constituyó en su seno un Comité de crisis para el seguimiento de los efectos de la DANA presidido por la vicepresidenta primera del Gobierno (el presidente estaba volviendo de su viaje oficial a la India) y en el que estuvieron presente por video conferencia tanto la delegada del Gobierno en la Comunidad valenciana como la ministra Ribera.

¿Qué pasó en el Comité de crisis el 29O?

En realidad, la reunión del 29O, fue un mini-Consejo de Seguridad Nacional, organismo con amplias responsabilidades, tal y como detalla la ley en su artículo 21. Se sabía de la amplitud de la tragedia, pero no se quiso actuar con todas las capacidades y posibilidades que un Estado como España tiene para afrontar catástrofes de tal magnitud.

Se prefirió pasar la patata caliente a la Administración autonómica, a todas luces incapaz de gestionarlo y delegar, entre otras herramientas del Estado, la responsabilidad de la gestión y control de las FAS en esa situación. La carencia de liderazgo y capacidad de mando de los técnicos y dirigentes políticos encargados de la gestión y la falta de flexibilidad en la aplicación de una normativa de protección civil hicieron el resto.

La respuesta del Ejército a la DANA

Al caos de todo ese complejo entramado organizativo y legislativo que ha saltado a la vista en Valencia, hay que sumarle también la lentitud de respuesta de las FAS, debido sin duda a la complejidad en los procedimientos de empleo en las operaciones de colaboración con las diferentes Administraciones públicas en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades publica, conforme a lo establecido en la legislación vigente (art. 16 LO 5/2005).

Un ejemplo paradigmático ha sido el empleo de la Unidad Militar de Emergencias (UME) y el resto de los efectivos militares en la tragedia. Es difícil de entender como la UME, que depende de la ministra de Defensa para desarrollar una serie de misiones específicas, puede sin embargo ser reforzada con otras fuerzas militares que ha cuadruplicado sus efectivos en presencia en las zonas devastadas con los que previamente no han tenido contacto ni entrenamiento conjunto. Ello nos conduce a una primera conclusión: bien que los medios de los que dispone la UME son insuficientes para abordar este tipo de tragedias o bien que el resto de las FAS deben de incrementar su entrenamiento para esas misiones.

Capacidad de operar conjuntamente

Sea cual fuere el resultado de la disyuntiva anterior es meridiano que en cualquier caso cualquier Unidad operativa de las FAS (y la UME lo es) debe ser capaces de operar juntamente con otras Unidades bajo un Mando único. El Mando Operativo de las FAS le corresponde al Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD). Mantener la actual dependencia de la UME fuera de la estructura orgánica de las FAS solo puede ralentizar los mecanismos de su puesta en marcha junto con el resto de los efectivos militares que sí dependen del JEMAD.

La polémica del empleo de las FAS no ha sido desgraciadamente la única durante la catástrofe que ha devastado el Levante español, pero sí ha dejado entrever la necesidad de una revisión no solo en la forma sino también en el fondo de las condiciones de su empleo. Sus supuestos están claros en la legislación española y en su realización no debe existir ni un ápice de duda partidista y situarla por encima de los intereses de cualquier Gobierno de turno que busque sacar un redito político coyuntural.

Cuando las FAS son necesarias, la decisión de su empleo no debe ser cicatera ni depender de procesos que dilaten su inmediato despliegue sobre el terreno. Las FAS pertenecen a su sociedad, forman parte de ella y se sienten identificados con sus necesidades: están para salvar al pueblo. Por ello la defensa contra una catástrofe como la DANA debe ser un caso de estudio dentro de una política de Estado que alcance el consenso de todas la fuerzas políticas.