Ayer, en el distrito de Latina, un hombre de 77 años, en el grupo de edad de riesgo, fue multado por la Policía Municipal de Madrid mientras cazaba Pokémon saltándose las medidas de aislamiento tras el estado de alarma decretado por el Gobierno por el coronavirus.
Según el parte que se ha publicado en redes sociales y que ha confirmado a Europa Press una portavoz de la Policía Municipal, el hombre manifestó a los agentes que permanecía en la calle porque "estaba cazando pokemon", un conocido juego virtual que parece haberse puesto de moda de nuevo entre algunos inconscientes en el momento menos oportuno.
Según informa el medio italiano Leggo, un hombre de 31 años,acompañado por su hija manifestó cuando deambulaba por una calle de San Fermo, una localidad de la provincia de Como, "que estaba muy ocupado cazando Pokémon". Se da la circunstancia de que esta zona de Italia es una de las más afectadas por la pandemia.
De la caza de Pokémon en tiempos del coronavirusa las personas que se resisten a la autoridad
La policía ha interpuesto desde el inicio del estado de alarmaen Madrid el 15 de marzo, hasta ayer domingo, un total de 4.580 denuncias a ciudadanos que no cumplen las restricciones decretadas por la alerta sanitaria ante el coronavirus, con 30 detenidos en total. En toda España, el número de sanciones ha superado las 31.000, según los últimos datos facilitados por el Ministerio del Interior.
Según han informado a Europa Press fuentes municipales, el día 22 se registraron 664 propuestas de sanción, siendo Puente de Vallecas el distrito donde más propuestas ha habido, seguido de Centro y Tetuán que están a la par. Además, detuvieron a una persona en Moncloa por resistirse a las indicaciones policiales e interceptaron a cinco vehículos.
Multas de hasta 30.000 euros por desobedecer las órdenes del Estado de Alarma
Para sancionar estos comportamientos, los policías pueden recurrir al artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana, que regula las infracciones graves, con multas de entre 601 y 30.000 euros, y en su punto sexto contempla sanciones por: "La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación".
El Código Penal también fija en su artículo 556 penas de prisión de tres meses a un año o de seis a 18 meses de multa a los que "se resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
El citado artículo del Código Penal remite igualmente al artículo 550, que regula el delito de atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia.