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Hacienda ya explota su nueva arma: geolocalizar a los contribuyentes a través del móvil

Se ampara en la "Tasa Google" para combatir el fraude fiscal entre las grandes empresas, pero solo ha logrado recaudar un 25% de lo previsto.

Silvia

Redactora especializada en Seguridad y Tecnología.

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Logotipo de la Agencia Tributaria en la mampara de una oficina de Hacienda (Foto: Europa Press).
Logotipo de la Agencia Tributaria en la mampara de una oficina de Hacienda (Foto: Europa Press).

Es probable que todavía no se haya enterado pero Hacienda ya ha comenzado a explotar la nueva arma de la que dispone para combatir el fraude fiscal. Se trata ni más ni menos que de controlar la geolocalización de los móviles de los contribuyentes, una práctica que puede parecer ilegal al atentar contra nuestra privacidad, pero que es completamente lícita y que en realidad persigue a las grandes multinacionales.

La regulación que lo ampara es la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, la conocida como "tasa Google" y que, junto a la "tasa Tobin", fue uno de los primeros tributos en ser aprobados por PSOE y Podemos cuando formaron su coalición de Gobierno. Concretamente, el Consejo de Ministros lo aprobó en febrero de 2020, aunque no entró en vigor hasta el 16 de enero de 2021.

La tasa Google supone un impuesto del 3% sobre los ingresos generados por servicios de publicidad online en España, que se aplica a grandes compañías multinacionales con una facturación global que alcance los 750 millones de euros al año y los 3 millones de euros en nuestro país. Para poder determinarlo, la ley obliga a las empresas a llevar un registro trimestral que deberán almacenar y entregar a la Agencia Tributaria (AEAT), y que les exige rastrear la geolocalizacion de los dispositivos de sus clientes para concretar desde dónde compran y poder así cobrar las ventas que se realizan en nuestro país.

Para poder controlar la ubicación de los dispositivos, el Real Decreto estipula que se podrá utilizar la geolocalización basada en la identificación de redes (WiFi, Ethernet u otras), la geolocalización física por satélite (con sistemas tales como GPS-Sistema de Posicionamiento Global, GLONASS, Galileo o Beidou), por medio de balizas (WiFi o Bluetooth) o de información proporcionada por sistemas de comunicaciones inalámbricas terrestres (como las del GSM-Sistema Global de Comunicaciones Móviles- o las de LPWAN), así como a través de cualquier otra combinación de tecnologías existentes o futuras.

Además, la ley establece que la IP del dispositivo representa la ubicación real del contribuyente, ya que dicta lo siguiente en el apartado 4 del artículo 7: "se presumirá que un determinado dispositivo de un usuario se encuentra en el lugar que se determine conforme a la dirección IP del mismo, salvo que pueda concluirse que dicho lugar es otro diferente mediante la utilización de otros medios de prueba admisibles en derecho, en particular, la utilización de otros instrumentos de geolocalización".

Ha controlado operaciones de 216 empresas por valor de más de 8.000 millones de euros, pero la cantidad recaudada no ha cumplido las expectativas

Según ha informado la Agencia Tributaria, durante el primer año de aplicación de la tasa Google ha controlado a 216 plataformas digitales cuyas operaciones han supuesto un valor total de 8.010 millones de euros. El "control tributario" de los dispositivos implica unas obligaciones de geolocalización muy elevadas, incluyendo las redes sociales, los canales de compra, de streaming, de delivery, y otros servicios, tal y como señala Expansión. No obstante, el impuesto ha logrado una recaudación de 240 millones de euros, lo que supone una cuarta parte de los 968 millones de euros que preveía el Gobierno.

Así es el control tributario de los teléfonos de los contribuyentes (Fuente: Expansión)
Así es el control tributario de los teléfonos de los contribuyentes (Fuente: Expansión)

Hacienda justifica el fracaso recaudatorio de la tasa Google

La Agencia Tributaria ha reconocido que la recaudación obtenida dista mucho de la cifra que se esperaba y ha justificado el "error de previsión" exponiendo estos dos motivos.

1. La estimación de los Presupuestos estaba basada en la que había realizado la Comisión Europea a la que se aplicaba el peso de España en indicadores como la participación en redes sociales, la búsqueda de información para la compra de bienes y servicios y la búsqueda de información para viajes y alojamientos (un 9,1% del total de la Unión Europea, según Eurostat). Ese cálculo daba un resultado de 728 millones. Dado que esa estimación suponía un umbral de tributación mayor que el de la norma española (5 millones frente a 3), la estimación se elevó hasta los 968 millones. Como se ha puesto de manifiesto en las recaudaciones de tributos similares en otros países, la estimación de la Comisión Europea sobreestimaba el potencial del impuesto. Además, las estimaciones fueron anteriores a la pandemia, lo que afectó al número de contribuyentes. De hecho, los ingresos procedentes de los grandes grupos no se distanciaron en exceso de lo previsto.

2. Las dificultades en la implementación de una norma tan novedosa y en su primer año de funcionamiento. Una muestra de esto es, como se ha visto, el importe creciente de los ingresos que se fue observando a lo largo del año.