El Ministerio del Interior ha rectificado, después de recibir las quejas y escritos de las organizaciones profesionales de detectives privados.
“Se comunica que los detectives privados no se encuentran excluidos de la posibilidad de circular por las vías públicas para el desarrollo de la actividad profesional”, según se indica en un escrito de la Secretaría de Estado de la Seguridad del Ministerio del Interior, en respuesta a la Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE) y al resto de colegios y asociaciones, quienes la pasada semana requerían a las autoridad ser considerados como un “servicio esencial” para poder trabajar durante el confinamiento decretado por el estado de alarma.
"Hemos tenido que enviar escritos y notas de prensa, para que al final el Ministerio del Interior haya decidido interpretar que nosotros podemos también salir a la calle a realizar nuestro trabajo. A partir de ahora, ya podemos realizar nuestra tarea y colaborar con la justicia", afirma Enrique Hormigo, presidente de la APDPE.
El escrito indica lo siguiente: “En relación con su reciente escrito, solicitando determinadas medidas para el sector profesional de los detectives privados, desde este Ministerio se comparte plenamente la preocupación al respecto, habida cuenta de la situación de excepcionalidad generada por la pandemia del Covid-19".
En este sentido, como indica el Real Decreto-ley 10/2020, de29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para laspersonas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, conel fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la luchacontra el Covid-19, no se recogía la seguridad privada en general como unservicio esencial.
No obstante, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, porel que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación decrisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, en su artículo 7, relativo a lalimitación de la libertad de circulación de las personas, se recoge lo siguiente:
Durante la vigencia del estado de alarma las personasúnicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización delas siguientes actividades:
Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar suprestación laboral, profesional o empresarial.
Igualmente, se permitirá la circulación de vehículosparticulares por las vías de uso público para la realización de las actividadesreferidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras oestaciones de servicio.
En este mismo sentido, hay que señalar que el artículo 10del citado real decreto, relativo a las medidas de contención en el ámbito dela actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos yactividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y otrasadicionales, no suspende el desarrollo de esta actividad profesional.
Dado lo anterior, se comunica que los detectives privados nose encuentran excluidos de la posibilidad de circular por las vías públicaspara el desarrollo de la actividad profesional, sin perjuicio de acreditardebidamente tal circunstancia en caso de ser requeridos para ello por losagentes de la autoridad, respetando en cualquier desplazamiento lasrecomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
Asimismo, se da traslado de su escrito a la DirecciónGeneral de la Policía para su conocimiento.
Los detectives privados de España se muestran satisfechos con la respuesta recibida por parte del Ministerio, que les permite llevar a cabo el desarrollo de su actividad profesional con normalidad, aunque tomando las precauciones recomendadas por las utoridades con motivo de la situación excepcional motivada por la expansión de la pandemia del coronavirus.