El juez Pedraz reconoció que bloquear Telegram “es excesivo”

El magistrado ha dejado sin efecto la medida cautelar. Antes había solicitado un informe a la Comisaría General de Información para evaluar el impacto del bloqueo.

Anahí Di Santo.

Periodista.

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Mujer frente a un dispositivo móvil con la interfaz de Telegram
Mujer frente a un dispositivo móvil con la interfaz de Telegram

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz explicó este lunes que “a raíz de la publicación en medios de todo tipo del acuerdo de suspensión se constata un hecho notorio que este instructor no puede ignorar: la posible afectación de múltiples usuarios ante una eventual suspensión”. De esta manera, el magistrado reculó y dejó sin efecto el bloqueo de Telegram que había ordenado, por reevaluarlo como “excesivo y desproporcional”.

Además, Pedraz, quien lleva la causa contra la aplicación de mensajería instantánea Telegram, había solicitado al servicio de inteligencia que le aporte datos sobre las características de la plataforma “así como la incidencia que pueda tener sobre los usuarios dicha suspensión temporal”, informó EuropaPress. De esta manera, el bloqueo comenzaba a diluirse, supeditado, hasta entonces, al informe policial.

La noticia cobró notoriedad pública el pasado viernes, cuando el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 solicitó la suspensión del servicio de Telegram en España como medida cautelar originada en la denuncia que presentaron los grandes grupos de comunicación Mediaset, Atresmedia, Movistar Plus y la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (Egeda). Las corporaciones acusan a la plataforma de mensajería de difundir contenido audiovisual protegido por derechos de autor, sin autorización de los creadores.

Luego, el día sábado, se conoció que Pedraz había ordenado a las operadoras españolas que procediesen a la suspensión de los recursos asociados a la aplicación en el plazo de tres horas una vez recibida la comunicación. Pero el magistrado no llegó a ejecutar ese requerimiento, a la espera del informe de la Policía Nacional.

Sin embargo, la causa comenzó tiempo atrás. El 28 el julio del 2023 se había enviado una petición a las autoridades de las Islas Vírgenes británicas, que es donde está la sede social de la empresa Telegram, para que informasen de determinados datos e identificaran a los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción. Las autoridades de este territorio, encargadas de notificar a la empresa la orden de bloqueo, “no han colaborado con la comisión rogatoria enviada”, había explicado el juez, lo que derivó en la decisión de adoptar la cautelar.

“No existe otro tipo de medida que pueda detener la reiteración de los hechos denunciados”, había justificado entonces el magistrado, amparándose en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que en su artículo 13 indica “la interrupción provisional de los servicios que ofrezcan dichos contenidos o en el bloqueo provisional de unos y otros cuando radiquen en el extranjero”.

Distintos sectores habían cuestionado el bloqueo

Según la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia), más de 8 millones de personas en España utilizan la aplicación Telegram diariamente para comunicarse. Esto representa el 18% de los españoles.

Tomando en consideración estas cifras, la organización de defensa de los consumidores Facua consideró “desproporcionado” el bloqueo cautelar de la plataforma, y advirtió que la decisión judicial causará grandes perjuicios para los millones de usuarios de Telegram y para las empresas, organizaciones e instituciones públicas y privadas que difunden contenidos de forma lícita a través de sus canales en esta plataforma.

“Es como si cerraran internet porque existen webs que alojan ilegalmente contenidos protegidos por derechos de autor, como si cortaran toda la señal de televisión porque existen cadenas piratas”, comparó Rubén Sánchez, secretario general de Facua.

El Consejo General de Colegios Profesionales de Ingeniería Informática se pronunció en el mismo sentido. Fernando Suárez, presidente de la entidad, considera “bastante sorprendente” bloquear una aplicación por una demanda de propiedad intelectual cuando, en otros momentos ha habido investigaciones en materias como terrorismo, pornografía infantil o narcotráfico, “que parecen más justificadas”, destacaba rtve.  

Por su parte, el abogado y experto en derecho digital Borja Adsuara sostuvo que la medida cautelar “afecta a derechos fundamentales de libertad de expresión y de libertad información”. Y dice que “el debate de fondo es por qué con Telegram y no con WhatsApp donde también hay grupos en los que se hace de todo. Es un pulso entre el Estado de derecho y unas multinacionales que se comportan como señores feudales”, reflexionó Adsuara.